miércoles, 9 de abril de 2025
La Corte Constitucional declaró constitucional el “Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2002. La Corte Constitucional consideró exequible la Ley 2371 de 2024, por medio de la cual se aprobó este importante instrumento internacional.
El fallo, marca un paso decisivo del Estado colombiano hacia el fortalecimiento del respeto por los derechos humanos, especialmente en lo concerniente al trato de las personas privadas de la libertad.
El Protocolo Facultativo, conocido como OPCAT por sus siglas en inglés, establece un sistema internacional y nacional de visitas periódicas a los lugares de detención con el fin de prevenir la tortura y otros tratos inhumanos. Este mecanismo incluye la creación o designación de órganos nacionales independientes encargados de supervisar las condiciones de reclusión y garantizar la dignidad de los detenidos.
La Corte realizó un control integral del tratado y su ley aprobatoria. En el análisis formal, verificó que tanto la fase gubernamental como el trámite legislativo y la sanción presidencial cumplieron los requisitos establecidos por la Constitución y la Ley 5 de 1992. Además, aclaró que no era necesario aplicar consulta previa ni realizar un análisis de impacto fiscal, dado que el tratado no afecta directamente a comunidades étnicas ni impone obligaciones presupuestales específicas.
En cuanto al examen material, el alto tribunal resaltó que el Protocolo es plenamente compatible con la Constitución colombiana, dado que su objetivo coincide con principios superiores del orden constitucional e internacional, como la prohibición de la tortura. De hecho, la Corte destacó que las disposiciones del instrumento internacional no solo respetan la soberanía nacional, sino que también refuerzan el marco legal interno en materia de derechos humanos.
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