miércoles, 17 de mayo de 2017
El 24 de noviembre de 2016 se firmó el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, es por esto que el Presidente de la República y el Congreso de Colombia han considerado necesario brindarle estabilidad a este Acuerdo agregando un artículo de carácter transitorio a la Constitución Política de Colombia.
Por lo anterior el artículo transitorio establece que los contenidos del Acuerdo que correspondan a normas de derecho internacional humanitario o derechos fundamentales o conexos con los anteriores, serán parámetros de interpretación y referente de desarrollo y validez de las normas y leyes de implementación y desarrollo del Acuerdo Final.
Las instituciones o autoridades del Estado están obligadas a cumplir de buena fe con todo lo establecido en el Acuerdo Final, por lo tanto, todas las actuaciones de los órganos del Estado deben ser coherentes e integrales con los compromisos y principios del Acuerdo.
Consulte el Acto legislativo aquí:
ACTO LEGISLATIVO LEGISLATIVO 2 DE 2017 Por medio del cual se adiciona un artículo transitorio a la Constitución con el propósito de dar estabilidad y seguridad jurídica al acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una Paz Estable y Duradera.