miércoles, 9 de junio de 2021
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio emitió un Proyecto de Decreto por medio del cual se modificaría el Decreto 1077 de 2015 Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo relacionado con la cartografía para el ordenamiento territorial.
El artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, establece que la gestión catastral es un servicio público que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito que sean adoptados, y fija el esquema de Catastro Multipropósito y las funciones de los actores del sistema.
De acuerdo con lo anterior, para cumplir con las disposiciones antes señaladas sobre el ordenamiento territorial y catastro multipropósito, se considera necesario avanzar gradualmente en el desarrollo de información precisa y actualizada del territorio.
Los municipios que hayan comenzado la revisión de sus planes de ordenamiento territorial antes de la entrada en vigencia de la presente modificación podrán continuar su desarrollo con base en las normas vigentes al momento de la iniciación.
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